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Fueron modificados los resultados del Estrellas Mile y el Sprint Distanciamientos y sanción al entrenador Ernesto Lopez
Viernes, Julio 15, 2011 Por Juan Pablo Toscano A dos pupilos de Ernesto López se le detectaron tratamientos terapéuticos no autorizados, Sauro había llegado quinto en el Sprint (G1-1000 m) y Badenweiler, compañero de sedas del ganador Cafrune, decimosegundo en el Mile (G1-1600 m); la Comisión de Carreras de San Isidro entendió que Badenweiler ayudó en la victoria de Cafrune y por eso le quitó la victoria que este último había conseguido en la pista. En la misma tarde y en dos de los seis G1 disputados, a dos pupilos de Ernesto López se les detectaron tratamientos terapéuticos no autorizados. Si bien a Sauro (Sebi Halo), que había llegado quinto en el Sprint (G1-1000 m), se lo bajó del marcador como corresponde, lo que va a traer varias discusiones fue la otra decisión de la Comisión de Carreras de San Isidro. En el Mile (G1-1600 m) y porque pertenecen a la misma caballeriza, Badenweiler (Incurable Optimist), que llegó decimosegundo, corrió en yunta con el ganador Cafrune (Colonial Affair). El primero, como se dijo, es entrenado por Ernesto López y el restante por el equipo de los Yalet. La Comisión entendió que Badenweiler ayudó a la victoria de Cafrune y por eso decidió bajar del primer lugar a este último. Por las dos infracciones, Ernesto López fue sancionado con dos años de suspensión. A continuación, el informe que llevaron a cabo las autoridades: CASO SAURO Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “SAURO”, que se clasificara quinto en la 17ª carrera del día 25 de junio p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. c y d) del Reglamento General de Carreras -TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO- Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo pertinente, donde manifiesta haber medicado al citado ejemplar surgiendo de su investigación que el producto utilizado contiene la droga originante del resultado positivo informado por el Laboratorio Químico. Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador;
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE
1º) SUSPENDER por el término de un (1) año, desde su sanción provisional 2 de julio de 2011 y hasta el 1º de julio de 2012 inclusive, al Entrenador Dn. ERNESTO A. LOPEZ. Artículo 25, Inciso II ap c y d), e Inciso VII ap c y d), del Reglamento General de Carreras.
2º) SUSPENDER por el término de cinco (5) meses, desde su sanción provisional (2 de julio p.pdo.) y hasta el 1º de diciembre de 2011 inclusive, al S.P.C. “SAURO”.
3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma: 1º) EVO EMPEROR, 2º) HIDEBOUND, 3º) EL NOI, 4º) CUPID LOVER, 5º) DOU BLOON, 6º) QUE CHISTOSO, 7º) JULIUS HENN, 8º) COMICAL STORY, 9º) RIMERO, 10º) ORIGEN ROMANO, 11º) CHINESE TIE.
CASO BADENWEILER - CAFRUNE Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “BADENWEILER”, que se clasificara decimosegundo en la 15ª carrera del día 25 de junio p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. c y d) del Reg. General de Carreras -TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO- Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo pertinente, donde manifiesta haber medicado al citado ejemplar y que el tratamiento utilizado contiene las drogas originantes del resultado positivo informado por el Laboratorio Químico. Visto también que, el S.P.C. “BADENWEILER” corrió en yunta con el S.P.C. “CAFRUNE”, que se clasificara primero en la citada competencia, por lo que conforme al Art. 25, inc. VIII, del Reglamento General de Carreras corresponde determinar si la yunta incidió en el resultado de la carrera , a cuyo efecto luego del análisis de las constancias fílmicas, donde se aprecia que el S.P.C. “BADENWEILER” durante el primer tramo de la carrera imprimió una fuerte acción que lo llevó a mantener una colocación en el segundo puesto luego abandonada, favoreciendo el plan de carrera del S.P.C. “CAFRUNE”, conocido por su aptitud de atropellar en los últimos metros, la Comisión de Carreras, por mayoría se sus miembros presentes, considera que corresponde el distanciamiento tanto del animal sancionado por el tratamiento no autorizado como de su yunta.- Los descargos presentados tanto por el propietario de ambos S.P.C., como del entrenador responsable del tratamiento terapéutico no autorizado, en el sentido de que no hubo una estrategia para favorecer al S.P.C. “CAFRUNE” no conmueven la convicción de que el plan de carrera del S.P.C. “BADENWEILER” incidió en el resultado de la 15ª carrera del 25 de junio p.pdo. tal como exige el Reglamento para que sea procedente el distanciamiento de ambos componente de la yunta. Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador; y lo dispuesto en el Artículo 25, Inciso VIII, respecto del distanciamiento de la yunta;
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE
1º) SUSPENDER por el término de un (1) año, a contar desde la finalización de la sanción aplicada por la actuación del S.P.C. “SAURO” (2 de julio 2012) y hasta el 1º de julio de 2013 inclusive, al Entrenador Dn. ERNESTO A. LOPEZ. Artículo 25, Inciso II ap c y d), e Inciso VII ap c y d), del Reglamento General de Carreras.
2º) SUSPENDER por el término de cinco (5) meses, desde su sanción provisional (2 de julio p.pdo.) y hasta el 1º de diciembre de 2011 inclusive, al S.P.C. “BADENWEILER”.
3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. y a su yunta “CAFRUNE” atento que se ha evidenciado que el infractor ha incidido en la obtención del primer puesto por parte del S.P.C. “CAFRUNE”, (Artículo 25, Inciso VIII del Reglamento General de Carreras), modificando el marcador de la siguiente forma: 1º) PICK OUT, 2º) DOMI NOTE, 3º) COILICH, 4º) SAN LIVINUS, 5º) MR. COMPADRITO, 6º) ART ATTACK, 7º) EL PISTERO, 8º) HONEY NOV, 9º) HUNKY, 10º) FEDERER EXPRESS, 11º) SABA EMPEROR. |
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